Recidencia permanente

Requisitos y trámites

Recidencia permanente

Solo pueden solicitar esta residencia aquellas personas cuyos progenitores, descendientes  o hermanos son costarricenses o aquellas que han ostentado por tres años consecutivos una residencia temporal. En el caso de los hermanos o hijos mayores de costarricense con discapacidad, deberás demostrarlo mediante dictamen médico, y certificado de curatela.

Residencia Permanente

Las solicitudes de residencia permanente las lleva la Dirección de Migración y Extranjería de Costa Rica. Normalmente, deberás solicitarla en el consulado o la embajada de Costa Rica de tu país de residencia. 

Si entras en Costa Rica con visa de turista, deberás pagar 200$ por el cambio de categoría y 50$ por la solicitud. Sin embargo, si entras con visa de posible residente, solo deberás pagar los 50$ de la solicitud.

Los requisitos son los mismos que para la residencia temporal y además es necesario lo siguiente:

  • Certificado de antecedentes penales del país de origen o del lugar donde haya residido legalmente los últimos tres años, debidamente legalizada y autenticada o apostilladas.
  • Demostración de la legalidad de tu permanencia en ese país mediante copia certificada del documento migratorio obtenido en el plazo indicado.

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